¿Buscas un contenedor de obra o poda en Madrid?
Te ofrecemos un servicio de alquiler de contenedores para escombro y poda, en Madrid Capital y municipios periféricos. *Entregamos certificado de gestión de residuos.
QUIÉNES SOMOS
En Madrid Capital, donde conviven barrios históricos como Lavapiés, Carabanchel o Villaverde con grandes zonas de desarrollo y reforma continua, la gestión eficiente de residuos de obra es imprescindible. Contenedores Aluche lleva más de 30 años sirviendo contenedores de escombros en Madrid, con una operativa ágil que se adapta tanto a comunidades de vecinos que acometen rehabilitaciones integrales como a constructoras con proyectos de mayor envergadura.
El alquiler de contenedores en Madrid requiere una empresa que conozca la normativa municipal, los accesos a cada distrito y los plazos reales de recogida. Contamos con contenedores de 3m³ y 6m³ para escombros y restos de poda, y cada servicio incluye el certificado oficial de gestión de residuos inertes, documento obligatorio para cumplir con la legislación vigente y evitar sanciones.
Solicite su contenedor de escombros en Madrid hoy mismo llamando al 917 10 61 93. Entrega rápida, recogida puntual y toda la documentación en regla.
CERTIFICACIONES
Nuestra compañía cuenta con las siguientes certificaciones:
- Registro de transportistas:
Nuestra empresa se encuentra inscrita en el Registro de Transportistas de la Comunidad de Madrid con el nº de autorización TR/MD/1410 - Entregamos certificado de gestión de residuos.
Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

CONTENEDORES PARA ESCOMBROS
Contamos con una flota de camiones y contenedores de obra certificados para el transporte de escombros, entregamos el certificado de gestión de residuos correspondiente.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué permisos necesito para alquilar un contenedor de obra / poda?
- Tener la autorización de la ocupación de la vía pública otorgada por el Ayuntamiento, en el caso de ser una población, o en la Junta Municipal si es en Madrid.
- En el caso de ubicarse en una finca privada, no sería necesario tener la autorización de ocupación antes descrita.
¿Cuándo se retira el contenedor de obra / poda?
El contenedor, una vez lleno, deberá ser retirado en el plazo máximo de 24 horas, para lo cual el arrendatario se obliga a comunicarlo con la debida antelación a Contenedroes Aluche, respondiendo, en su caso, de las sanciones correspondientes.
¿Cuánto tiempo puedo tener el contenedor de obra / poda?
- La permanencia del contenedor en obra será de una duración máxima de 7 días. (Si requiere más tiempo, puede consultar tarifas con la empresa.)
- Si Contenedores Aluche, recibe un comunicado por parte del Ayuntamiento o Junta Municipal que al encontrarse el contenedor lleno, se procederá a la retirada del mismo. Dado este caso, Contenedores Aluche comunicará al cliente dicha retirada, siempre que sea posible la comunicación con el número de teléfono que haya facilitado el cliente.
¿Dónde puedo colocar el contenedor de obra / poda?
- Se deberá tener reservado el espacio para la ubicación del contenedor en la vía antes de la llegada del vehículo porta-contenedores.
- El arrendatario es responsable de la correcta ubicación del contenedor, que deberá colocarse sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.
¿Cuál es mi responsabilidad como arrendatario del contenedor de obra / poda?
- El arrendatario, de conformidad con lo establecido en el Art. 1555 del Código Civil, es responsable del correcto uso del contenedor durante el periodo de arrendamiento.
- El arrendatario se obliga a no llenar el contenedor, por encima del límite representado por sus aristas superiores, ni a colocar ningún suplemento en los laterales. La carga no podrá sobrepasar, en ningún caso, los bordes del contenedor.
- El arrendatario será responsable de conformidad con lo establecido en el Art. 138.1 c de la LOTT y Ordenanzas Municipales, de cualquier infracción a la normativa sobre exceso de peso o llenado del contenedor, pudiendo ascender las sanciones desde 276,47 € a 2.764,66 €.
- Queda terminantemente prohibido depositar en el contenedor residuos tóxicos, peligrosos o reactivos, asumiendo la responsabilidad el arrendatario productor de los residuos de conformidad con la Ley 10/1998 de Residuos.
- Para evitar sanciones por parte del ayuntamiento, es muy importante que si el contenedor permanece varios días en el lugar, al terminar la jornada laboral debe taparse o cerrarse para evitar polvo o la caída de los residuos al suelo
¿Necesitas más información sobre al alquiler de contenedores de obra / poda?
Si tienes cualquier duda o consulta sobre el alquiler de contenedores o cualquier otro de nuestros servicios, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte.





